En una sentencia considerada relevante para el reconocimiento del trabajo de cuidados en Chile, la jueza Susan Sepúlveda Chacama del Tercer Juzgado de Familia de Santiago estableció que las labores de crianza realizadas por una madre deben ser incorporadas como parte del presupuesto mensual de necesidades de su hija al momento de calcular la pensión alimenticia.
El fallo fijó una pensión de alimentos equivalente a 11 UTM mensuales (aproximadamente $800.000), además del pago del 60% de los gastos extraordinarios por parte del alimentante.
Sin embargo, uno de los aspectos más relevantes de la resolución fue el reconocimiento explícito del valor económico de las labores de cuidado, estimadas en $600.000 mensuales, apoyándose en la Opinión Consultiva OC-31/25 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Este reconocimiento se suma a otras necesidades de la niña, cuyo presupuesto total fue fijado judicialmente en $1.400.000 mensuales.
Tribunal reconoce el valor económico de las labores de cuidado
En la resolución, la jueza estableció que las labores de cuidado no pueden ser consideradas como una obligación invisible o gratuita dentro del cálculo de la pensión alimenticia.
Según señaló expresamente en la sentencia:
“Las labores de cuidado, de no ser realizadas directamente por un integrante del grupo familiar, deberán necesariamente ser provistas mediante servicios remunerados en el mercado; resulta procedente entonces estimar su valor económico mediante el método de costo de reemplazo e incorporarlo como parte del presupuesto mensual de necesidades de la alimentaria”.
Este criterio aplica el denominado método de costo de reemplazo, utilizado para estimar cuánto costaría contratar en el mercado los servicios que actualmente realiza quien ejerce los cuidados.
Para Javiera Hernández, directora de Cobra La Pensión, esta sentencia marca un avance importante en la forma en que los tribunales comprenden la realidad de muchas madres cuidadoras en Chile.
“Durante años, las labores de cuidado fueron tratadas como una obligación natural de las mujeres y no como un trabajo con impacto económico real. Esta sentencia incorpora una perspectiva de género indispensable, porque reconoce que criar, cuidar y sostener la vida también tiene un costo y debe ser considerado al momento de fijar una pensión alimenticia”, señala.
Sentencia relevante para el cálculo de la pensión alimenticia en Chile
Durante años, uno de los principales problemas en los juicios de pensión alimenticia ha sido la falta de reconocimiento económico del trabajo doméstico y de crianza, pese a su impacto directo en el desarrollo de niños, niñas y adolescentes.
Esta sentencia refuerza un principio cada vez más presente en la jurisprudencia de familia: cuidar también es trabajo y tiene un valor económico. Las labores de cuidado incluyen, entre muchas otras tareas:
- Apoyo en tareas escolares.
- Preparación de alimentación diaria.
- Organización de rutinas.
- Acompañamiento a controles médicos.
- Traslado a actividades extraprogramáticas.
- Mantención del entorno doméstico adecuado para la crianza.
Todas estas funciones requieren tiempo, disponibilidad y recursos y muchas veces implican limitar oportunidades laborales o ingresos de quien ejerce el cuidado principal. La ley exige considerar los cuidados al fijar una pensión de alimentos.
La legislación chilena establece que la pensión alimenticia debe calcularse considerando las necesidades reales del niño, niña o adolescente, así como las capacidades económicas de ambos progenitores.
En ese contexto, el reconocimiento del valor económico de las labores de cuidado representa un avance significativo hacia una distribución más justa de las responsabilidades parentales.
“Este tipo de resoluciones también permite visibilizar una desigualdad estructural que históricamente ha recaído sobre las madres cuidadoras. Cuando una persona debe reducir su jornada laboral, abandonar oportunidades o asumir sola las tareas de crianza, existe un costo económico que no puede seguir siendo invisible para el sistema judicial”, explica Javiera Hernández, directora de Cobra La Pensión.
El criterio aplicado en esta sentencia reafirma que, cuando estas tareas no son compartidas equitativamente, su valor debe ser incorporado dentro del presupuesto mensual del alimentario.
Un avance en el reconocimiento del trabajo de crianza
Este fallo constituye un precedente relevante para futuras causas de aumento de pensión alimenticia, especialmente en aquellos casos en que uno de los progenitores asume de forma principal las labores de cuidado.
Este tipo de resoluciones contribuye a fortalecer el principio de corresponsabilidad parental y a visibilizar el impacto económico que tiene la crianza en la vida de las familias cuidadoras.
Además, refuerza la importancia de que las pensiones alimenticias reflejen de manera realista el costo efectivo de criar a un niño o niña en Chile hoy. Si necesitas ayuda en tu causa, nuestro estudio jurídico puede asesorarte legalmente.