Gritos, humillaciones frente a compañeros, tareas imposibles o vacías de contenido, exclusión deliberada, amenazas veladas. El acoso laboral, también conocido como mobbing, puede tomar muchas formas y en todas ellas el efecto es el mismo: dañar la dignidad, la salud y el desarrollo profesional de quien lo sufre

En Chile, el acoso laboral está reconocido y prohibido por el artículo 2 del Código del Trabajo, que lo define como una conducta que constituye agresión u hostigamiento reiterado por parte del empleador o de uno o más trabajadores, con el fin de atentar contra la dignidad de una persona o crear un ambiente hostil que la obligue a renunciar.

No es un problema menor ni una cuestión de sensibilidades: es una vulneración de derechos laborales con consecuencias legales para quien lo ejerce.

Si estás viviendo esta situación o crees que podrías estarlo, lo más importante es que sepas que no estás obligado a aguantarlo ni a renunciar. Existen vías formales para denunciarlo y conocerlas puede marcar la diferencia entre seguir en una situación insostenible o tomar el control de lo que te está pasando.

¿Qué es el acoso laboral según la ley chilena?

El acoso laboral está reconocido y prohibido por el artículo 2 del Código del Trabajo, que lo define como una conducta que constituye agresión u hostigamiento reiterado por parte del empleador o de uno o más trabajadores, con el fin de atentar contra la dignidad de una persona o crear un ambiente hostil que la obligue a renunciar.

👀 Ojo, con la Ley Karín no es necesario que el acoso sea reiterativo. 

Las conductas más frecuentes reconocidas por la jurisprudencia y la Dirección del Trabajo incluyen insultos o descalificaciones reiteradas en público o en privado, asignación deliberada de tareas degradantes o sin sentido, aislamiento del trabajador de sus compañeros o de información necesaria para hacer su trabajo, vigilancia excesiva e injustificada y amenazas constantes de despido como mecanismo de presión, entre otros.

También existe el acoso laboral ascendente, cuando es el propio trabajador quien acosa a su jefatura, aunque es significativamente menos frecuente. Lo más común es el acoso vertical descendente, de jefe a subordinado y el horizontal, entre pares. En todos los casos, el empleador tiene la obligación legal de investigar y actuar.

¡Recuerda! El empleador está obligado a mantener un ambiente laboral digno y a investigar toda denuncia formal de acoso mediante un procedimiento interno regulado por el Reglamento Interno de la empresa.

Qué cambió con la Ley Karin y por qué es importante

La Ley Karin (Ley N.º 21.643) establece un marco legal claro para prevenir y sancionar el acoso laboral, acoso sexual y la violencia en los espacios de trabajo en Chile. Esta normativa honra la memoria de Karin Salgado, funcionaria de salud del Hospital Herminda Martín de Chillán, quien falleció en 2019 tras ser víctima de acoso laboral.

Uno de los cambios más relevantes que introdujo esta ley es que modificó la definición de acoso laboral, prescindiendo del requisito de reiteración de las agresiones u hostigamiento para poder configurar la conducta. Esto significa que ya no es necesario demostrar que el acoso ocurrió múltiples veces: un episodio grave puede ser suficiente para activar el procedimiento de denuncia. 

Además, en la Ley Karin se incorporan dos principios importantes: vida libre de violencia y perspectiva de género.

La Ley Karin establece además que la entidad empleadora deberá elaborar, implementar y difundir entre las personas trabajadoras un protocolo para la prevención del acoso sexual, laboral y de violencia en el trabajo. Esta obligación aplica a todas las empresas, independientemente de su tamaño, y su incumplimiento puede derivar en sanciones.

Si quieres revisar más información sobre esta temática, revisa esta página web sobre Ley Karín realizada por la Dirección del Trabajo. 

Cómo y dónde denunciar el acoso laboral en Chile

Hay dos vías principales para denunciar el acoso laboral en Chile: la vía interna dentro de la empresa y la vía externa ante organismos del Estado. Lo ideal es comenzar por la vía interna, pero si el empleador no actúa o es él mismo quien acosa, la denuncia externa es el camino.

Denuncia interna
Presenta una denuncia formal por escrito ante el área de Recursos Humanos o la persona encargada según el Reglamento Interno de tu empresa. El empleador tiene la obligación de investigar en un plazo razonable y tomar medidas.

Dirección del Trabajo
Si la empresa no investiga o el resultado no es satisfactorio, puedes presentar una denuncia en la Inspección del Trabajo más cercana a tu domicilio o lugar de trabajo. También puedes hacerlo en línea a través del sitio web de la Dirección del Trabajo.

Mutual, ACHS u organismo administrador
Si el acoso afectó tu salud mental, puedes acudir a tu mutualidad o al COMPIN para iniciar un proceso de enfermedad profesional por estrés laboral o patología de origen laboral.

En cualquiera de estas vías, la documentación es tu mayor aliada. Guarda capturas de pantalla de mensajes, correos electrónicos, anota fechas y testigos, y conserva cualquier registro que respalde tu relato. Sin evidencia es mucho más difícil sostener una denuncia.

🚨 Antes de renunciar, lee esto:
Si quieres renunciar por acoso laboral, podrías tener derecho a demandar por “autodespido” o despido indirecto, lo que en Chile permite exigir las mismas indemnizaciones que un despido injustificado. Te recomendamos consultar con un profesional antes de renunciar. 

¿Sufres acoso laboral?

En Cobra La Pensión asesoramos y representamos legalmente a trabajadores en casos de acoso laboral. Si necesitas orientación sobre tus derechos, quieres saber si tu situación califica como acoso o estás lista para iniciar un proceso legal, agenda una asesoría online y evaluamos tu caso.

 

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